Te ayudamos a entender los cambios

Aunque el nuevo marco regulatorio modifica las tarifas de la energía eléctrica, con tu plan personalizado de Iberdrola, los cambios de horario no te afectan en tu hogar.

Con Iberdrola, puedes seguir con tu rutina.
Nuestros planes se adaptan a ti.

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Conoce todo sobre las nuevas tarifas

En este vídeo te explicamos las nuevas tarifas de la luz.

Principales cambios del nuevo marco regulatorio

Uno de los principales cambios que introduce la nueva normativa es que todos los clientes con una potencia igual o inferior a 15kW se agrupan bajo una misma tarifa de peaje denominada 2.0TD. Además, hay nuevos periodos horarios para energía y para potencia.

Nueva distribución horaria de tarifas 2.0TD

Los periodos de la tarifa 2.0TD se definen según el día de la semana, la hora del día y el territorio geográfico, diferenciando un calendario para la potencia (Punta y Valle) y otro para la energía (Punta, Llano y Valle). El periodo Punta de potencia agrupa los periodos Punta y Llano de energía, mientras que el Valle es coincidente en ambos términos. Para la península* el calendario es:

peajes

Además, las 24h de los fin de semana y los festivos nacionales se consideran periodo Valle para potencia y energía.

*Calendario aplicable para península e islas. Ceuta y Melilla tienen su propio calendario consultable en el [archivo descargable]

Nueva tarifa 2.0TD

Todos los clientes que tuvieran una tarifa 2.0 o 2.1 en cualquiera de sus versiones (A, DHA y DHS) pasan a tener una misma estructura de peajes denominada 2.0TD, con las siguientes características:

  • 2 periodos de potencia, lo que da la oportunidad de contratar una potencia diferente en cada periodo. El 1 de junio se mantiene la actual potencia contratada en ambos periodos de manera automática, pero podrás cambiar la potencia en el periodo que desees para adaptarla a tus necesidades.
  • 3 periodos de energía. Para tu comodidad, el compromiso de Iberdrola es mantener los periodos horarios de energía que se aplican en la factura actualmente, como por ejemplo el periodo promocionado de los Planes a Tu Medida. Pero si lo deseas, contamos con modalidades de contratación con los 3 periodos de energías de la nueva tarifa de peaje.

Los precios de energía y de potencia se deben actualizar a los conceptos regulados modificados por la nueva normativa y por ello se trasladan estas variaciones, al alza o a la baja, de manera fiel al cliente. Estos cambios implican que el precio del término de potencia (fijo) se reduzca mientras que el precio del término de energía (variable) se incremente, quedando en líneas generales una facturación muy similar a la habitual. No obstante, nuestros clientes no tienen que preocuparse por nada, ya que todos estos cambios se han realizado de manera automática.

Con estas señales se pretende incentivar el consumo responsable de energía ya que habrá un mayor control en la factura al poder actuar sobre el término variable, ya sea con electrodomésticos más eficientes o con hábitos en el día a día que reduzcan el consumo de energía. Además, se permite una mayor integración de tecnologías emergentes como la movilidad eléctrica y el autoconsumo.

Para ampliar información sobre estos cambios regulatorios puede consultar el siguiente documento [archivo descargable]

Principales cambios del nuevo marco regulatorio

El principal cambio es la reestructuración de todos los periodos y calendarios para los clientes con potencia mayor a 15kW y de Alta Tensión. En los nuevos calendarios se introduce el concepto de "temporada", que agrupa diferentes meses del año, y además se introducen variaciones en función del territorio geográfico. Otro cambio muy relevante es la nueva facturación de potencia que te detallamos más adelante.

Nueva distribución horaria de tarifas 3.0TD y 6.XTD

Las nuevas tarifas 3.0TD y 6.XTD comparten el mismo calendario y se definen según la temporada (agrupación de meses), el día de la semana, la hora del día y el territorio geográfico. Además, los periodos horarios serán los mismo para energía y para potencia. Para la península* el calendario es:

Además, las 24h de los fin de semana y los festivos nacionales se consideran periodo Valle para potencia y energía.

*Calendario aplicable para península. Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla tendrán su propio calendario consultable en el [archivo descargable]

Nueva tarifa 3.0TD y 6.XTD

Todos los clientes que tuvieran una tarifa 3.0A pasan a tener una tarifa 3.0TD y los clientes con una 3.1A o 6.XA se agrupan en la tarifa 6.XTD en función de la tensión. Estas dos nuevas tarifas tendrán las mismas características:

  • 6 periodos de potencia con una potencia contratada, igual o diferente, en cada periodo. Se deberá cumplir la norma de los "escalones crecientes" que establece que la potencia contratada de cada periodo deberá ser igual o superior a la del periodo anterior. La adaptación de las 3 potencias actuales a las 6 nuevas se realizará según a lo indicado en la Circular 3/2020.
  • 6 periodos de energía que, al igual que la potencia, tienen horarios diferentes para cada mes y día de la semana.

En lo que respecta a la facturación de potencia, desde el 1 de junio, la potencia a facturar es siempre la contratada y solo en caso de demandar una potencia superior a esta, se facturarán como excesos de potencia. Estos excesos aparecen en factura como un término independiente denominado "Término de Excesos de Potencia".

Los precios de energía y de potencia se deben actualizar a los conceptos regulados modificados por la nueva normativa y por ello se trasladan estas variaciones, al alza o a la baja, de manera fiel al cliente. Estos cambios implican que el precio del término de potencia (fijo) se reduzca mientras que el precio del término de energía (variable) se incremente, quedando en líneas generales una facturación muy similar a la habitual. No obstante, nuestros clientes no tienen que preocuparse por nada, ya que todos estos cambios se han realizado de manera automática.

Con estas señales se pretende incentivar el consumo responsable de energía ya que habrá mayor control en la factura al poder actuar sobre el término variable, ya sea con mejoras en la eficiencia de los negocios o con hábitos en el día a día que reduzcan el consumo de energía. Además, se permite una mayor integración de tecnologías emergentes como la movilidad eléctrica y el autoconsumo.

Para ampliar información sobre estos cambios regulatorios puede consultar el siguiente documento [archivo descargable]

¿Tienes alguna pregunta?

Te mostramos las preguntas más frecuentes que tienen nuestros clientes.

La nueva normativa es la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia; y el Real Decreto 148/2021, de 9 de Marzo, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

La Circular 3/2020 establece una nueva estructura de grupos tarifarios y términos de facturación, así como la metodología para el cálculo anual de los precios de estos nuevos peajes de transporte y distribución de electricidad.

El RD 148/2021 estable los precios de los cargos del sistema eléctrico y de los pagos por capacidad para cada segmento tarifario.

El objetivo es incentivar el uso de las redes en las horas de menor consumo y coste, de esta manera los consumidores tendrán la opción de consumir de manera más eficiente colaborando en la mejora de eficiencia del sistema y la electrificación de la economía.

Los cambios serán de aplicación desde el 1 de Junio de 2021.

No, usted no debe preocuparse por nada. Desde Iberdrola nos encargamos de todo para que este cambio le afecte lo menos posible.

No, nuestro compromiso es mantener las condiciones que el cliente eligió en su momento. En caso de tener factura electrónica, energía de origen renovable o nuestro servicio de cuota fija, usted seguirá manteniendo todos estos servicios.

No, la fecha de inicio y la fecha fin de su contrato no se modifican.

No, sus potencias no cambian. Seguirás manteniendo la misma potencia contratada y aplicará en ambos periodos, pero podrás cambiar la potencia en el periodo que desees para adaptarla a tus necesidades.

Por supuesto. Podrá realizar dos cambios de potencia durante los 12 meses posteriores a la entrada en vigor de la Circular 3/2020 sin generar derechos de enganche y sin importar si ya había realizado algún cambio en los 12 meses anteriores. Pero, si la nueva potencia contratada supera la máxima de las antiguas potencias, deberá abonar los derechos de acceso y extensión correspondientes.

La potencia óptima a contratar dependerá de los hábitos de consumo de cada cliente.

Sí, sus precios cambiarán desde la entrada en vigor de dicha normativa. Además de los cambios mencionados anteriormente, se han modificado los conceptos económicos regulados por el Ministerio y la CNMC. Esta variación de conceptos regulados se debe trasladar, al alza o a la baja, de manera fiel al cliente.

Las limitaciones para subir potencia son las mismas. Al disponer de más de una potencia, la referencia será la mayor de todos los periodos, siendo esta la que se utilizará para comparar con su BIE y para generar los derechos correspondientes.

Sí, se podrá contratar las potencias que se desee en cada periodo siempre que ninguno tenga una potencia superior a 15kW. En tal caso, pasará a tener una tarifa de acceso 3.0TD (potencias mayores a 15kW)

No. Al trasladarse de manera automática la misma potencia contratada, no se apreciará cambio alguno en su hogar.

Esta opción es de gran utilidad si se dispone de vehículo eléctrico u otro electrodoméstico de gran potencia, como un calentador de agua o calefacción eléctrica. Se podrá consumir más energía contratando una potencia superior por la noche cuando el precio es menor, y disponer de otra potencia inferior el resto de horas.

Usted no tendrá que preocuparse por las penalizaciones por exceso de potencia. Los hogares y pequeños negocios tienen limitada la potencia que se puede demandar mediante el ICP (analógico o digital), que "saltará" si detecta una potencia mayor a la contratada contrololando así lo demandado. Esto es lo que comúnmente se conoce como "me han saltado los plomos". Tan solo suministros indispensables, como un hospital o ascensores, tienen la capacidad de excederse.

Sí, sus precios cambiarán desde la entrada en vigor de dicha normativa. Además de los cambios mencionados anteriormente, se han modificado los conceptos económicos regulados por el Ministerio y la CNMC. Esta variación de conceptos regulados se debe trasladar, al alza o a la baja, de manera fiel al cliente.

Efectivamente existirán 3 periodos de energía diferentes, pero usted no debe preocuparse por ello ya que seguirá con los mismos periodos que tenía hasta ahora. Si lo desea, puede acceder a www.Iberdrola.es para consultar las ofertas disponibles en Planes a Tu Medida o con los nuevos 3 periodos.

Por supuesto que no. Los 3 periodos de energía son una estructura horaria regulada pero no obliga a su contratación. Con Iberdrola seguirás disfrutando de los horarios que tuvieras hasta el momento, pero si deseas cambiar, ponemos a tu disposición un amplio catálogo de ofertas, como los Planes a Tu Medida y sus horarios promocionados con los que podrás ahorrar en tu factura.

Por supuesto. Con nuestros Planes a Tu Medida podrá consumir en las horas que más necesite con un mejor precio. Tan solo tiene que elegir el Plan que más le conviene y empezar a ahorrar. Además recuerde que contará con energía 100% renovable y factura electrónica.

Sí. El compromiso de Iberdrola es mantener las condiciones que el cliente eligió en su momento. Por ello le seguiremos facturando la energía con esos mismos horarios de manera automática.

Al igual que sucede con los Planes a Tu Medida con sus periodos promocionados, la nueva estructura de peajes dispone de precios más bajos a determinadas horas del día (periodo Valle). Si sus hábitos de consumo se adaptan a estos nuevos horarios, podría conseguir un ahorro en su factura.

Aunque sus facturas seguirán siendo idénticas, durante el mes de Junio recibirá dos facturas en un mismo sobre (o email en caso de disponer de Factura Electrónica). Una de las facturas será la correspondiente a los días previos al 1 de Junio y la otra a los días posteriores. Para no causarte molestias, hemos decidido hacerle un único cargo en el banco por el total de ambas facturas.

De manera general los conceptos serán los mismos. Lo que podrá comprobar es que tendrá mayor número de conceptos, como por ejemplo pasar de una a dos potencias facturadas.

Sí. Esta normativa no afecta a las facturas y por ello seguirá recibiendo la factura con la misma frecuencia que hasta ahora.

La variación en sus precios dependerá de la tarifa de acceso y de los hábitos de consumo de cada cliente. En lineas generales podrá comprobar que la facturaciónde potencia (término fijo) descenderá y que la facturación de energía (término variable) subirá, quedando una facturación muy similar a la habitual.

¿Tienes alguna pregunta?

Te mostramos las preguntas más frecuentes que tienen nuestros clientes.

La nueva normativa es la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia; y el Real Decreto 148/2021, de 9 de Marzo, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

La Circular 3/2020 establece una nueva estructura de grupos tarifarios y términos de facturación, así como la metodología para el cálculo anual de los precios de estos nuevos peajes de transporte y distribución de electricidad.

El RD 148/2021 estable los precios de los cargos del sistema eléctrico y de los pagos por capacidad para cada segmento tarifario.

El objetivo es incentivar el uso de las redes en las horas de menor consumo y coste, de esta manera los consumidores tendrán la opción de consumir de manera más eficiente colaborando en la mejora de eficiencia del sistema y la electrificación de la economía.

Los cambios serán de aplicación desde el 1 de Junio de 2021.

No, usted no debe preocuparse por nada. Desde Iberdrola nos encargamos de todo para que este cambio le afecte lo menos posible.

No, nuestro compromiso es mantener, en la medida de lo posible, las condiciones que usted eligió en su momento. En caso de tener factura electrónica, energía de origen renovable o nuestro servicio de cuota fija, usted seguirá manteniendo todos estos servicios.

No, la fecha de inicio y la fecha fin de su contrato no se modifican.

Sí. Sus potencias se deberán adaptar como se indica en la Circular 3/2020. De ahora en adelante, deberá tener una potencia contratada en cada periodo igual o superior a la del periodo anterior. Como hasta ahora, podrás cambiar la potencia en el periodos que desees para adaptarla a tus necesidades.

Por supuesto. Podrá realizar dos cambios de potencia durante los 12 meses posteriores a la entrada en vigor de la Circular 3/2020 sin generar derechos de enganche y sin importar si ya había realizado algún cambio en los 12 meses anteriores. Pero, si la nueva potencia contratada supera la máxima de las antiguas potencias, deberá abonar los derechos de acceso y extensión correspondientes.

La potencia óptima a contratar dependerá de los hábitos de consumo de cada cliente.

Sí, sus precios cambiarán desde la entrada en vigor de dicha normativa. Además de los cambios mencionados anteriormente, se han modificado los conceptos económicos regulados por el Ministerio y la CNMC. Esta variación de conceptos regulados se debe trasladar, al alza o a la baja, de manera fiel al cliente.

Sí. La nueva regulación establece que la facturación de potencia es el producto del su precio comercial de potencia por la potencia contratada en cada periodo. Además, si se demanda una potencia mayor a la contratada, generando excesos de potencia, estos se deben facturar como un término adcional (término de excesos de potencia). El cálculo de dichos excesos se detalla en la Circular 3/2020.

Las limitaciones para subir potencia son las mismas. Al disponer de más de una potencia, la referencia será la mayor de todos los periodos, siendo esta la que se utilizará para comparar con su BIE y para generar los derechos correspondientes.

Sí, sus precios cambiarán desde la entrada en vigor de dicha normativa. Además de los cambios mencionados anteriormente, se han modificado los conceptos económicos regulados por el Ministerio y la CNMC. Esta variación de conceptos regulados se debe trasladar, al alza o a la baja, de manera fiel al cliente.

El nuevo calendario no diferencia entre verano e invierno pero si lo hará por temporadas. Estas temporadas, en función del territorio, agrupará meses en los que se definirán periodos diferentes según el día y la hora.

De manera general los conceptos serán los mismos. Lo que podrá comprobar es que tendrá mayor número de conceptos, como por ejemplo pasar de tres a seis potencias facturadas o el término de excesos de potencia.

Sí. Esta normativa no afecta a las facturas y por ello seguirá recibiendo la factura con la misma frecuencia que hasta ahora.

La variación en sus precios dependerá de la tarifa de acceso y de los hábitos de consumo de cada cliente. En lineas generales podrá comprobar que la facturaciónde potencia (término fijo) descenderá y que la facturación de energía (término variable) subirá, quedando una facturación muy similar a la habitual.