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Corte de luz por impago: plazos y qué hacer

22 de julio 2025

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¿Qué derechos se tiene como consumidor? ¿Con qué antelación avisan antes del corte? ¿Cuánto tiempo puede pasar hasta que se produzca? Y ¿cómo evitarlo? Respondemos a todas las dudas.
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En la vida cotidiana de cualquier hogar, la electricidad juega un papel fundamental. Las dificultades económicas, sin embargo, pueden llevar a que algunas familias acumulen facturas impagadas y que derive en el corte del suministro. Pero antes de que esto se produzca, existen distintas alternativas, plazos y derechos que permiten evitar (o retrasar, en su defecto) la interrupción. 

En caso de que ya haya ocurrido, se debe actuar con rapidez. El primer paso será ponerse en contacto con la comercializadora para saldar o pactar un fraccionamiento de la deuda. El corte por impago no es un proceso automático. La legislación actual establece que las empresas tienen que notificar al consumidor con al menos dos meses de antelación al corte. Asimismo, el usuario tendrá que ser informado sobre la posibilidad de recurrir a mecanismos de protección social. 

¿Cuándo se produce un corte de luz por impago?

Una sola factura pendiente de pago no basta para que se produzca el corte de luz. Se requiere, por legislación, que hayan pasado al menos dos meses desde que el proveedor haya exigido formalmente el pago. 

Este procedimiento aplica a los consumidores domésticos con contratos en el mercado regulado (PVPC) y a quienes también estén en el mercado libre con una potencia de hasta 10 kW en su vivienda. 

Antes de que se produzca el corte por impago, se tiene que iniciar un procedimiento que conlleva varios pasos. Tras la emisión de la factura, el usuario tiene 20 días naturales para realizar el pago. Si no se hace, la comercializadora pondrá en marcha el proceso de reclamación con un primer aviso que se hará llegar por burofax, correo certificado o medios electrónicos. 

Si no logra entregarse la primera notificación, se enviará una segunda con el mismo contenido tras siete días hábiles. En caso de que no se haya podido notificar al usuario, la empresa documentará ambos intentos y avanzará en el proceso: avisará a las autoridades de la Comunidad Autónoma para que estas estén al tanto de la situación y decidir si toman alguna medida de protección al ciudadano. 

Si la deuda persiste y se aproxima la fecha límite para cortar el suministro, la empresa comercializadora deberá enviar un nuevo aviso al cliente con al menos 15 días hábiles de antelación. En esta notificación se informará de la fecha exacta en que se suspenderá el servicio eléctrico. 

¿Cuánto tiempo puede pasar sin pagar antes de cortar la luz?

Desde la emisión de la factura hasta el corte efectivo pueden pasar entre 45 y 60 días. Es importante que, en caso de impago, la interrupción nunca puede darse sin avisos previos y sin haber ofrecido la posibilidad de abonar la deuda. 

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¿Cómo evitar que te corten la luz por impago?

Existen varias alternativas que se pueden explorar antes de la suspensión del suministro. La primera de ellas es ponerse en contacto con la comercializadora en cuanto se detecta una dificultad para hacer frente al pago. En muchos casos existe la posibilidad de solicitar un aplazamiento o fraccionamiento, especialmente si el consumidor demuestra voluntad de pago. Este tipo de facilidades pueden darse incluso antes de que venza el plazo de 20 días para pagar la factura. 

Otra opción es informarse sobre el bono social eléctrico. Este mecanismo de protección, regulado por el Gobierno, está dirigido a personas de bajos ingresos, familias numerosas o consumidores en situación de vulnerabilidad. Este bono puede significar un descuento entre el 25% y el 65% en la factura, además de ofrecer protección adicional frente al corte de los servicios de luz.  

Además del descuento económico, el bono social activa una protección adicional: el Suministro Mínimo Vital, un instrumento que garantiza que no se podrá cortar la luz durante al menos cuatro meses tras el impago.  

¿Te pueden cortar la luz sin avisar?

Sí, el suministro puede ser interrumpido de manera inmediata y sin necesidad de agotar el procedimiento anterior y las notificaciones en situaciones que supongan un riesgo evidente, una vulneración grave del contrato o un uso fraudulento de la energía. 

Las causas justificadas por el corte inmediato son las siguientes: 

  • Cuando se haya realizado un enganche directo sin previo contrato, lo cual implica un uso ilegal del servicio, sin control ni facturación. 
  • Cuando la electricidad contratada se deriva hacia otro inmueble u otro uso no autorizado. El servicio se concede para un punto específico y para un empleo determinado. 
  • Cuando se manipula el equipo de medida o control. Esta conducta constituye un engaño al sistema eléctrico y da lugar a sanciones. 
  • Cuando se detectan instalaciones peligrosas como cables deteriorados, conexiones inadecuadas o sobrecargas. 

Qué hacer si ya te han cortado la luz

Para restablecer el servicio, el consumidor debe seguir los siguientes pasos:

  • Abonar la deuda pendiente. 
  • Una vez que se haya abonado la cantidad total o lo acordado con la comercializadora, el servicio se restablecerá en un plazo máximo de 24 horas. 
  • En algunos casos, si han pasado más de dos meses desde el corte y sin haber regularizado la situación, el contrato se dará de baja y tendrá que hacerse uno nuevo para poder contar con el suministro. 

Claves para leer la factura de la luz

Leer la factura de luz es muy sencillo. En el recibo que recibes se te explican diversos aspectos: desde la potencia contratada, el precio por cada kW, el periodo de facturación y por el precio diario del término de potencia. También puedes encontrar otros aspectos que te pueden interesar como distintos planes de luz y ofertas.

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