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Impuesto de circulación en coches eléctricos: ¿qué debes saber?

28 de abril 2025

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Entre las innumerables ventajas del coche eléctrico se encuentran algunos beneficios fiscales, unos en el momento de la compra y otros en el uso, como el impuesto de circulación.

El impuesto de circulación es el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVMT), antiguamente llamado “numerito” por que se distinguía por una pegatina de color con un número que debía colocarse en el parabrisas. Es una tasa municipal anual que fija cada ayuntamiento con unos criterios propios y que deben pagar todos los vehículos empadronados en el municipio, sea cual sea el tipo de motor que utilicen. 

En realidad, el empadronamiento es de quien figura como propietario del vehículo. Si el propietario cambia de domicilio fiscal a otro municipio, debe solicitar también el cambio de domicilio fiscal del o de los vehículos en los que aparece como titular, para tributar por este impuesto en su nuevo lugar de residencia.

Todos los vehículos a motor deben pagar el IVMT y el titular del vehículo a 1 de enero de cada año es el que debe hacer frente a dicho pago, aunque el coche sea transferido o dado de baja pocos días después de iniciar el ejercicio. 

El importe del impuesto de circulación viene determinado por la potencia fiscal adjudicada a cada vehículo, un dato que no tiene que ver con la potencia real del coche, pero que va en proporción. 

El Ayuntamiento de Madrid, por ejemplo, establece cinco tramos de potencia para los turismos, entre 8 y 19,99 caballos fiscales y más de 20 caballos fiscales, cada uno de ellos con una tasa que va desde los 20 hasta los 224 euros, ya sean gasolina, diesel, de gas, híbridos o eléctricos, aunque en función de la motorización algunos tienen bonificaciones, sobre todo para incentivar la movilidad eléctrica.

¿Los coches eléctricos pagan impuesto de circulación?

Con el objetivo de incentivar la movilidad eléctrica, en la mayoría de los municipios los coches eléctricos deben pagar el IVMT, como el resto de automóviles, pero con algunas ventajas fiscales, al igual que ocurre con la desgravación del IRPF en la compra de coche eléctrico o la exención del impuesto de matriculación en la compra del vehículo eléctrico. 

¿Quién debe pagar el impuesto de circulación?

Todos los vehículos a motor deben pagar el IVMT y el titular del vehículo a 1 de enero de cada año es el que debe hacer frente a dicho pago, aunque el coche sea transferido o dado de baja pocos días después de iniciar el ejercicio. 


 

Beneficios fiscales e impuestos para coches eléctricos

 

En el caso de Madrid, en la actualidad los vehículos eléctricos tienen una bonificación del 75% del impuesto de circulación con carácter indefinido. Un ejemplo sería un Tesla Model 3 que en 2025 debería pagar un IVMT de 179 euros, pero que gracias a la bonificación del Ayuntamiento de Madrid del 75% se queda reducido a 44,75 euros, en principio indefinidamente. 

El Ayuntamiento de Barcelona ofrece también una bonificación del 75% en el IVTM para los vehículos eléctricos, pero en este caso es sólo durante los primeros cinco años a contar desde la primera matriculación del coche. 

En Valencia también cuentan con la misma bonificación del 75%, pero con la particularidad de que esa rebaja en el impuesto de circulación sólo es aplicable a un vehículo por cada titular, es decir, si un mismo propietario tiene más de un coche eléctrico solo podrá disfrutar de la bonificación en uno de ellos. Al ser un impuesto municipal cada ayuntamiento tiene la potestad para fijar sus propias bonificaciones.

Algunos ayuntamientos ofrecen la exención total los dos primeros años y a partir del tercero la rebaja es del 75%. Este es otro más de los beneficios fiscales para coches eléctricos, además de la desgravación de un 15% (hasta un límite de 20.000 euros) en la compra del coche, o la posibilidad de aparcar en las ciudades sin pagar por el estacionamiento regulado, como ocurre en Madrid.

¿Merece la pena un coche eléctrico por sus ventajas fiscales?

 

La idea de que el vehículo eléctrico es más caro que uno térmico ya es algo sin fundamento y a igualdad de tipo de coche, tamaño y prestaciones, los precios ya están casi igualados. 

Si tenemos en cuenta las ayudas del reactivado Plan MOVES III, la deducción en el IRPF, otras ayudas de algunas Comunidades Autónomas y ayuntamientos y la bonificación anual en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTN) o impuesto de circulación, la respuesta es claramente sí. Además, hay que añadir los menores gastos de consumo, mantenimiento y otras ventajas que ofrecen algunos ayuntamientos en cuanto a aparcamiento gratuito y bonificaciones en los peajes de algunas autonomías. Sin olvidar las cada vez más facilidades que se ofrecen para la recarga como el Plan Vehículo Eléctrico o los servicios asociados como los que ofrece Iberdrola.

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