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¿Qué hacer con la luz y el gas tras el fallecimiento de un titular?
30 de mayo 2025
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La muerte de un familiar siempre es un momento difícil de llevar. También por la gestión y papeleo que la situación requiere a posteriori. En el caso de ver si debemos dar de baja o cambiar el titular de los contratos de luz y gas, te explicamos para que se acelere el proceso.
Es importante agilizar el trámite para evitar cobros innecesarios.
¿Cómo cambiar el titular del contrato de luz y gas por fallecimiento?
Si queremos mantener el suministro, pero cambiar el titular en caso de que se venda la vivienda o de que haya pasado a herederos, el primer paso es verificar que la persona haya sido la titular de algún servicio. Busque facturas o correos electrónicos donde aparezca la comercializadora. El estado bancario puede darnos alguna pista sobre los cargos y la empresa comercializadora. En algunos casos, se puede dar que haya cotitulares y que sean estos los que puedan asumir por completo la responsabilidad del pago de los servicios.
En caso de que la persona fallecida estuviera de alquiler, habría que hablar con el arrendador para que sea este el que haga el cambio y gestione el trámite.
Pasos para cambiar la titularidad del contrato de luz por fallecimiento
En cualquiera de los casos, el primer paso será ponerse contacto vía online o telefónica con la compañía con la que está contratada la luz para notificar el fallecimiento o acudir a un punto de atención.
Antes de eso, es necesario tener a mano la siguiente documentación:
- Certificado de defunción.
- Datos personales del nuevo titular (DNI, nombre completo).
- Datos personales del antiguo titular (DNI, nombre completo).
- Dirección del punto de suministro.
- Número de contrato o Código Universal del Punto de Suministro (CUPS) para cambiar la titularidad del servicio eléctrico.
- Lectura del contador (en caso del suministro de gas).
- Una factura del titular anterior.
- Cuenta bancaria para domiciliar los pagos (en caso de que sea un cambio de titularidad).
- Algunas veces se pide un documento que acredite el vínculo con la persona.
- En ocasiones, se puede pedir: escrituras, herencia…
¿Cambio de titularidad o darse de baja en caso de fallecimiento?
Dar de baja el servicio implica una desconexión completa del servicio. Si la vivienda va a quedar desocupada por un largo periodo, lo más conveniente sería elegir esta opción.
Pero si lo que se decide es un cambio de titularidad, sólo se trasladará la responsabilidad de pago de una persona a otra. En ninguno de los casos hay un coste (aunque sí habrá coste al dar de nuevo el alta). El cambio de titularidad suele hacerse efectivo entre 24 y 48 horas después de ser solicitado.
Al hacer el cambio de titularidad también se puede adecuar la tarifa contratada. La forma más sencilla de saber cuál es la que mejor nos conviene es comparando los distintos planes que hay, Planes de Luz de Iberdrola y Planes de Gas de Iberdrola: desde precios fijos, precios variables, hasta aquellos dedicados a la segunda vivienda y grandes negocios.
En las tarifas de gas, de igual forma, es posible hacer este cambio. Planes de Gas de Iberdrola son sin permanencia, es decir que los podrás cambiar en cualquier momento. Los precios son estables, pues están desvinculadas de los mecanismos de precio variable. Y, además, nuestras facturas son 100% digitales.
El cambio se puede realizar por tres vías diferentes:
- Teléfono de Iberdrola: 900 225 235
- Correo electrónico: clientes@tuiberdrola.es
- Web o App: Área de Clientes de Iberdrola-“Mis gestiones”
Evitar pagos innecesarios tras el fallecimiento
Para evitar pagos innecesarios, lo mejor es realizar los trámites cuanto antes. Como indicábamos más arriba, si se cree que la vivienda estará tiempo deshabitada quizá lo mejor es darla de baja. Y en el caso de que la casa pase a otra persona, realizar el cambio de titular de los servicios de luz y gas cuanto antes.
En cualquier caso, si existen deudas pendientes en los contratos, antes de dar de baja el servicio o cambiar el titular, se tendrá que asumir los pagos pendientes.
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