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¿Tienes alguna pregunta?

Aquí encontrarás algunas de las dudas más frecuentes

El Plan Online lo pueden contratar los hogares y negocios con una potencia contratada igual o inferior a 15kW.

Sí, la factura electrónica va incluida. Es rápida, segura (con total validez legal), cómoda, ecológica y sin coste. Así, tus gestiones serán más sencillas y ayudarás a reducir emisiones de CO2.

Gozatu 5 izarreko kalitateaz

Gure bezeroek Trustpiloten iritzia ematen dute
Azken eguneraketa 2025/08/12
Muy buena gestión, profesionalidad y rapidez.
5 ren puntuazioa 5etik
Luis
Fri Aug 08 09:56:34 GMT 2025
Me atendieron muy bien
5 ren puntuazioa 5etik
Montserrat Dominguez Calveras
Fri Aug 08 07:16:41 GMT 2025
Trámite rápido, sencillo y sin lugar a dudas en el cambio de contrato.
5 ren puntuazioa 5etik
MANUEL RABAZAS SANCHEZ
Thu Aug 07 13:39:10 GMT 2025
La profesional que me atendió, Rebeca, fue en todo momento empática y muy clara en sus explicaciones, gracias a ello, la gestión fue muy rápida y eficiente.
5 ren puntuazioa 5etik
Mame PC
Thu Aug 07 12:56:56 GMT 2025
Mi esperiencia es buena, Iberdrola, es una buena empresa de servicios que atiende al cliente y nos soluciona los problemas que se nos presentan rápidamente.
5 ren puntuazioa 5etik
José María Cuesta Cabañero
Wed Aug 06 17:14:52 GMT 2025
La posibilidad de cambiar el plan según interés y sin trabas de ningún tipo.
5 ren puntuazioa 5etik
PABLO ABEN
Tue Aug 05 10:03:25 GMT 2025
Condiciones Generales
A los precios se añadirán los costes regulados asociados al mecanismo de financiación del bono social: Coste fijo por cliente (comercialización) de 0,01274243 €/día.
Los impuestos aplicables en cada momento y que se desglosarán en factura serán: para el suministro de electricidad el Impuesto Eléctrico (5,113% o 2,5% o el importe mínimo de 0,5 €/MWh o de 1 €/MWh, o según corresponda por ley) y para el suministro de gas el impuesto de hidrocarburos (0,00234€/kWh o según corresponda por ley). Adicionalmente, aplica el IVA en Península y Baleares (21% o 10% o según corresponda por ley), en Canarias se aplica el IGIC (0%, 3% o 7% o según corresponda por ley) y en Ceuta y Melilla el IPSI (1% o 4% o según corresponda por ley). Los seguros incluyen los impuestos (IPS), el recargo del Consorcio de Compensación de Seguros y las comisiones de mediación, que no están sujetos a IVA.