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¿Tienes alguna pregunta?

Aquí encontrarás algunas de las dudas más frecuentes

Sí, la factura electrónica va incluida. Es rápida, segura (con total validez legal), cómoda, ecológica y sin coste. Así, tus gestiones serán más sencillas y ayudarás a reducir emisiones de CO2.

Sí, necesitarás este tipo de contador para todos los Planes a Tu Medida menos para el Plan Estable y el Plan 3 Periodos. Esto es porque necesitamos recibir en remoto tu consumo horario para facturar más baratas las horas en las que tengas un precio promocionado.

 

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Nuestros clientes opinan en Trustpilot
Hacerlo todo online es cómodo y ahorra tiempo. El proceso está bien definido haciendo el tramite fácil de entender.
Puntuación de 5 sobre 5
Rafael Palacios Fabregas
Mon Sep 15 19:15:24 GMT 2025
Por excelente servicio
Puntuación de 5 sobre 5
MIRNA
Sat Sep 13 22:56:11 GMT 2025
Siempre que no estoy de acuerdo en algo me atienden amablemente y resolvemos el tema.
Puntuación de 5 sobre 5
MANUEL
Thu Sep 11 22:28:39 GMT 2025
Nunca he tenido una mala experiencia en los numerosos años que llevo con iberdrola y recomiendo
Puntuación de 5 sobre 5
JUAN JOSE
Thu Sep 11 13:26:53 GMT 2025
Me va bien Todo es claro y preciso como lo hablé con el agente
Puntuación de 5 sobre 5
MariaIsabel FernandezMarin
Wed Sep 10 21:49:55 GMT 2025
La atención en las oficinas, el servicio prestado y lo maravilloso de su app
Puntuación de 5 sobre 5
WILMER ALFREDO
Wed Sep 10 20:09:55 GMT 2025
Condiciones Generales
A los precios se añadirán los costes regulados asociados al mecanismo de financiación del bono social: Coste fijo por cliente (comercialización) de 0,01274243 €/día.
Los impuestos aplicables en cada momento y que se desglosarán en factura serán: para el suministro de electricidad el Impuesto Eléctrico (5,113% o 2,5% o el importe mínimo de 0,5 €/MWh o de 1 €/MWh, o según corresponda por ley) y para el suministro de gas el impuesto de hidrocarburos (0,00234€/kWh o según corresponda por ley). Adicionalmente, aplica el IVA en Península y Baleares (21% o 10% o según corresponda por ley), en Canarias se aplica el IGIC (0%, 3% o 7% o según corresponda por ley) y en Ceuta y Melilla el IPSI (1% o 4% o según corresponda por ley). Los seguros incluyen los impuestos (IPS), el recargo del Consorcio de Compensación de Seguros y las comisiones de mediación, que no están sujetos a IVA.