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¿Tienes alguna pregunta?

Aquí encontrarás algunas de las dudas más frecuentes

Sí, la factura electrónica va incluida. Es rápida, segura (con total validez legal), cómoda, ecológica y sin coste. Así, tus gestiones serán más sencillas y ayudarás a reducir emisiones de CO2.

Sí, necesitarás este tipo de contador para todos los Planes a Tu Medida menos para el Plan Estable y el Plan 3 Periodos. Esto es porque necesitamos recibir en remoto tu consumo horario para facturar más baratas las horas en las que tengas un precio promocionado.

 

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Nuestros clientes opinan en Trustpilot
Última vez actualizado el 03/10/2025
Todas las veces que he ido a informarme a las oficinas me han atendido muy bien y la información era valiosa
Puntuación de 5 sobre 5
MARIA CRUZ
Thu Oct 02 15:44:15 GMT 2025
Fácil, rápido y sin complicaciones
Puntuación de 5 sobre 5
ROFER67
Thu Oct 02 13:34:41 GMT 2025
Atención al cliente. Explicaciones claras. Mejora de tarifas.
Puntuación de 5 sobre 5
María
Thu Oct 02 05:44:59 GMT 2025
Los importante para mí es la atención y la seriedad . Y por supuesto la transparencia en los precios y que te cobren mes a mes .
Puntuación de 5 sobre 5
Jose Perez Perez
Wed Oct 01 20:30:42 GMT 2025
De momento el ahorro por el cual me cambié de compañía es considerable.
Puntuación de 5 sobre 5
Emilio
Wed Oct 01 19:21:03 GMT 2025
Garantia de buen servicio
Puntuación de 5 sobre 5
ENRIQUE
Wed Oct 01 17:12:44 GMT 2025
Condiciones Generales
A los precios se añadirán los costes regulados asociados al mecanismo de financiación del bono social: Coste fijo por cliente (comercialización) de 0,01274243 €/día.
Los impuestos aplicables en cada momento y que se desglosarán en factura serán: para el suministro de electricidad el Impuesto Eléctrico (5,113% o 2,5% o el importe mínimo de 0,5 €/MWh o de 1 €/MWh, o según corresponda por ley) y para el suministro de gas el impuesto de hidrocarburos (0,00234€/kWh o según corresponda por ley). Adicionalmente, aplica el IVA en Península y Baleares (21% o 10% o según corresponda por ley), en Canarias se aplica el IGIC (0%, 3% o 7% o según corresponda por ley) y en Ceuta y Melilla el IPSI (1% o 4% o según corresponda por ley). Los seguros incluyen los impuestos (IPS), el recargo del Consorcio de Compensación de Seguros y las comisiones de mediación, que no están sujetos a IVA.