Condiciones de la oferta

CONDICIONES ECONÓMICAS

Oferta válida hasta el 31 de marzo de 2012 para nuevas contrataciones en IBERDROLA GENERACIÓN, S.A.U.

 

PRECIO DEL SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD

Potencia Contratada (kW) Mayor de 10 kW y menor o igual a 15kW
  PUNTA LLANO VALLE
TÉRMINO DE POTENCIA (€/kW AÑO) 35,234330 35,234330 35,234330
TÉRMINO DE ENERGÍA (€/kWh) 0,175301 0,175301 0,175301
Potencia Contratada (kW) Mayor de 15kW
  PUNTA LLANO VALLE
TÉRMINO DE POTENCIA (€/kW AÑO) 15,650401 9,39024 6,260161
TÉRMINO DE ENERGÍA (€/kWh) 0,196357 0,154203 0,100445

A estos precios les será añadido el I.V.A. (18%), el Impuesto Eléctrico (5,1127%), la energía reactiva y resto de conceptos de facturación que se indican.

Facturación de potencia: se facturará como producto del término de potencia por la potencia a facturar correspondiente.

Facturación de energía: se facturará como el producto del término de energía por el consumo efectuado en el periodo.

La facturación de la energía reactiva, si corresponde, se realizará aplicando el término de facturación de energía reactiva aprobado por la Administración, según lo establecido en la normativa vigente. A este complemento se le aplicará el impuesto eléctrico.

El precio del término de potencia y del término de energía activa se mantendrá durante el primer año, sin perjuicio de su actualización el 1 de enero de los sucesivos años en que el contrato siga vigente, en caso de prórroga, con la variación correspondiente al IPC (1). Se repercutirán en cada momento las variaciones a la baja o al alza en las tarifas de acceso y en los valores regulados que puedan ser aprobados por la Administración para su aplicación durante la duración del Contrato.

PRECIO DE ALQUILER DEL CONTADOR

El precio mensual del alquiler del contador de electricidad será el fijado en cada momento por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo para la tarifa de acceso correspondiente y que cobre la Empresa Distribuidora, al que se le incorporará el 18% de I.V.A. y será indicado en las facturas que se emitan al Cliente. El Cliente podrá consultar en todo momento los precios vigentes en el apartado Legislación.

ASISTENCIA PYMES IBERDROLA

Precio mensual: 6,40 € (IVA 18% no incluido). Este precio se actualizará automáticamente el 1 de enero de cada año en que el contrato siga vigente, con la variación correspondiente al IPC (1), tal y como se aplica en el precio de electricidad.

SEGURO DE PROTECCIÓN DE PAGOS AUTÓNOMOS

Prima Mensual: 3,85 €/mes (impuestos incluidos) por suministro contratado con el Grupo IBERDROLA. Este precio así como el capital asegurado se actualizará automáticamente el 1 de enero de cada año en que el contrato siga vigente, con la variación correspondiente al IPC(1), tal y como se aplica en el precio de la electricidad.

CONDICIONES ESPECIALES

PROMOCIÓN BIENVENIDA(2) 

Descuento del 5% sobre el término de energía durante 12 meses.

GRATIS los seis (6) primeros meses del Servicio de Protección de Pagos Autónomos IBERDROLA en caso de contratar el servicio.

GRATIS los seis (6) primeros meses del Servicio de Asistencia Pymes IBERDROLA en caso de contratar el servicio.

DURACIÓN DEL CONTRATO

La duración del presente contrato es de 12 meses desde la fecha de inicio del suministro.

La fecha de inicio, condicionada a la existencia de un contrato de acceso con la distribuidora y a la actuación sobre las instalaciones cuando esto fuera necesario, será la del primer día del periodo de lectura establecido y que se indicará en la primera factura.

El contrato se podrá prorrogar por anualidades sucesivas de acuerdo con las Condiciones Generales.

DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS

ASISTENCIA PYMES IBERDROLA

SERVICIO ASISTENCIA Y REPARACIONES EMPRESA 24 H.

Servicio de asistencia a empresas de IBERDROLA, consistente en facilitar el acceso a los servicios y gremios de profesionales más comúnmente requeridos para la atención y reparación de averías en las instalaciones de los clientes, mediante llamada telefónica al número 902 20 15 20 o a través del contacto por cualquier canal de IBERDROLA facilitado para ello.

Este servicio incluye:

  • Atención de urgencias en un máximo de 3 horas, siendo el coste de desplazamiento y las 3 primeras horas de mano de obra GRATIS para los siguientes casos: 
    • Fontanería: rotura de las conducciones fijas de agua en las instalaciones del cliente/titular.
    • Cristalería: rotura de cristales exteriores, instalaciones desprotegidas.
    • Cerrajería: apertura de la puerta principal de las instalaciones.
    • Electricidad: avería en las instalaciones particulares del cliente/titular.  
    •  
  • Acceso a servicios de asistencia 24 horas para reparaciones y reformas comunes al hogar/negocio, para más de 20 gremios y con amplia cobertura geográfica. Garantía de servicio en cuanto a:  
    • Plazos de intervención.
    • Precios de horarios aplicados por el profesional: Control de precios previamente acordados por IBERDROLA con la empresa de multiasistencia.
    • Garantía de 6 meses en los trabajos realizados. 
    •  

SERVICIO DE ORIENTACIÓN JURÍDICA

IBERDROLA ofrece a sus clientes el acceso, mediante llamada telefónica al número 902 20 15 20 o a través del contacto por cualquier canal de IBERDROLA facilitado para ello, a un servicio de asesoramiento jurídico telefónico que abarca todo tipo de cuestiones que se puedan formular dentro del ordenamiento jurídico regulado por el Derecho Español.

Este servicio se presta de lunes a viernes en horario ininterrumpido de 08:00 horas a 17:00 horas en horario de invierno y de 08:00 horas a 15:00 horas en horario de verano (15 de junio a 15 de septiembre). Las solicitudes que se producen dentro del horario del departamento son atendidas dentro de la misma jornada en que la llamada se ha producido, siempre que el cliente esté localizable en los teléfonos de contacto facilitados, salvo que el cliente manifieste su deseo de ser atendido en un momento posterior. Este servicio se limita a la mera orientación jurídica verbal respecto de las cuestiones planteadas, sin emitir dictamen escrito del mismo.

SERVICIO DE ASISTENCIA INFORMÁTICA

Servicio que consiste en:

  • Asistencia instantánea a través de herramienta de chat de control remoto, que incluiría las siguientes prestaciones:  
    • Ayuda en el uso de aplicaciones (Office, navegación por Internet, correo electrónico, Windows, antivirus).
    • Resolución de incidencias con el ordenador (problemas con dispositivos, acceso a Internet, correo electrónico, virus, etc.).
    • Administración y configuración de los sistemas. 
    •  
  • Nº ilimitado de asistencias, sin límite de duración.
  • El horario de atención para la prestación de este servicio es de 24 horas al día y los 365 días al año.  
  •  

La asistencia podrá ser “in situ” para solucionar aquellas incidencias que no se han podido resolver desde el Centro de Soporte. Sólo se puede contratar como complemento al servicio remoto. Se presta los días laborables, siendo el tiempo de respuesta de 24 horas. El coste de la asistencia “in situ” correrá por cuenta del cliente que será informado de los precios, cuando se llegue a constatar el origen de la incidencia y ésta no pueda ser resuelta por ninguna de las vías anteriores y mencionadas en este apartado.

Para activar este servicio (ofrecido por una entidad externa a IBERDROLA), será necesario ir a la página WEB www.iberdrola.com/asistenciainformatica, donde podrá descargar el programa, así como las instrucciones para su instalación. Durante la instalación, el programa le solicitará una clave de acceso (código de licencia), que coincide con los seis últimos números y las dos letras del CUPS. Podrá realizar la instalación hasta para 3 usuarios con la misma clave de acceso.

SERVICIO DE PROTECCIÓN DE PAGOS AUTÓNOMOS

Seguro de Protección de Pagos Autónomos IBERDROLA para el punto de suministro de electricidad/gas natural, especificado en el presente Contrato, consistente en la adhesión del Cliente a la Póliza Colectiva en la que es tomador IBERDROLA GENERACIÓN, S.A.U., para adquirir la condición de Asegurado del riesgo de fallecimiento por cualquier causa e incapacidad absoluta y permanente del cliente titular del Contrato de Suministro, con el límite de 1.927 euros por suministro y, en caso de incapacidad total temporal, con el límite de 162 euros mensuales por suministro.

El Cliente, persona física y titular del contrato de suministro, contrata el Seguro de Protección de Pagos Autónomos IBERDROLA tras haber recibido y entendido sus condiciones, establecidas en las presentes Condiciones Particulares y las Condiciones Específicas, con las cláusulas limitativas, exclusiones y restante información requerida por la legislación vigente, reuniendo todos los requisitos establecidos en las mismas.

(1) IPC: Valor acumulado real, del periodo de noviembre a noviembre del año anterior a la aplicación de la variación, del Índice de Precios al Consumo General, publicado por el Instituto Nacional de Estadística.
(2) Oferta aplicable exclusivamente a empresas de de BT con potencia contratada mayor de 10 kW y que no tengan más de tres suministros a los que les sea aplicable la oferta.