Dentro del compromiso de transparencia informativa con sus grupos de interés, IBERDROLA incorpora información adicional relativa a su parque de generación nuclear.
IBERDROLA posee 3.344 MW de potencia nuclear en España, repartida entre los activos nucleares que responden a la siguiente estructura de propiedad y explotación:
| UNIDAD | POTENCIA ELÉCTRICA EN MW | PROPIEDAD DE IBERDROLA | OPERADOR |
|---|---|---|---|
| Cofrentes | 1092 | 100% | IBERDROLA GENERACIÓN S.A. |
| Almaraz I | 1035 | 53% | Centrales Nucleares Almaraz-Trillo, A.I.E. (CNAT) |
| Almaraz II | 1.044,45 | 53% | Centrales Nucleares Almaraz-Trillo, A.I.E. (CNAT) |
| Trillo | 1066 | 49% | Centrales Nucleares Almaraz-Trillo, A.I.E. (CNAT) |
| Vandellós II | 1087 | 28% | Asociación Nuclear Ascó-Vandellós II, A.I.E. (ANAV) |
| Ascó II | 1027,2 | 15% | Asociación Nuclear Ascó-Vandellós II, A.I.E. (ANAV) |
| Santa María de Garoña | 466 | 50% | Nuclenor S.A. |
IBERDROLA tiene una participación minoritaria (a través de Central Maine Power Co.), en empresas que gestionan el depósito temporal de combustible gastado de varias centrales nucleares desmanteladas en los EE.UU., como se muestra a continuación:
Las tres Yankees referidas arriba, son entidades separadas e independientes de influencia extranjera. Según lo establecido por la NRC (Nuclear Regulatory Commission), la NRC no permite licencias con propiedad, control o dominadas de cualquier manera por corporaciones extranjeras (Código 10 Sección 50.38 de la Regulación Federal). Para permitir propiedad indirecta, la NRC requiere que los licenciatarios y/o accionistas adopten un “plan de acción de negación” (Negation Action Plan). Este plan, en nuestro caso ya aprobado por la NRC, incluye acciones (para las tres Yankees) como la de garantizar la designación exclusiva de ciudadanos de los EEUU como representantes en los Consejos de Administración o “procedimientos de exclusión” como asegurar el no acceso a información de seguridad o la no influencia ni control sobre decisiones relativas a la seguridad de las instalaciones.
En este sentido, la ley Nuclear Waste Policy Act (NWPA) de los EEUU establece que aquellos cuyos clientes se benefician de la electricidad producida por las plantas de energía nuclear deberán pagar por la eliminación del combustible nuclear usado por estas plantas a través de pagos al Fondo de Residuos Nucleares Federal. En cambio, el Gobierno Federal de los EEUU tiene la obligación de la retirada del combustible nuclear usado de los depósitos temporales en sitio y su disposición a un depósito federal. En el marco del NWPA, la eliminación de combustible utilizado y posterior traslado a un depósito federal debería haber comenzado en 1998. Clientes del sector han cumplido con su obligación de pagar por la remoción y disposición final del combustible nuclear usado, pero el gobierno federal aún no ha retirado el combustible usado de los complejos industriales o no ha designado instalaciones para recibirlo. Las tres Yankees mencionadas arriba han demandado al gobierno federal de los EEUU por daños civiles recuperando, el 2013, parte de los costes causados por la no remoción del combustible nuclear gastado. Se desconoce cuando el Gobierno Federal cumplirá con sus obligaciones en este sentido.
A raíz del accidente en Fukushima, las plantas nucleares de IBERDROLA han llevado a cabo revaluaciones de seguridad, también conocidas como tests de estrés, de acuerdo con los estándares WENRA/ENSREG, concluyendo que:
Para más información al respecto, http://www.csn.es.
Asimismo, IBERDROLA es miembro de o participa en los organismos internacionales importantes para la explotación excelente de sus centrales, entre los que se encuentran: